martes, 18 de noviembre de 2014

EQUIPAR EN SAN BARTOLO

Gracias a la Federación Andaluza de Montañismo y a la subvención concedida en concepto de material de equipamiento La zona de Arriba de San Bartolo, la que alberga sus vías deportivas más ancianas podrá ser reequiapada casi en su practica totalidad. La iniciativa a venido a cargo de la Delegación de Cádiz en conjunción con la petición de la representación que la FAM tiene en la Junta Rectora del Parque Natural de Estrecho, quien a su vez ha solicitado a la Dirección del Parque Natural los permisos necesarios para poder llevar a cabo las tareas de equipamiento y reequipamiento.
Con objeto de informar y consensuar tales labores, se convocó el pasado 15 de noviembre una reunión a la que asistieron todos los interesados en materia de equipamiento y reequipamiento. En dicha reunión se informó de las zonas permitidas a equipar nuevos itinerarios, así como el método que se pretendía seguir para las tareas de reequipamiento: acciones, material y periodo. El permiso concedido tiene un periodo de vigencia de un año, a partir de la fecha de la Resolución que remite la Consejería de Medio Ambiente (09/07/2014).
En la reunión se convino el tipo de anclajes más idóneos a utilizar y aquellos que fueran más duraderos en el tiempo, determinando que fueran los anclajes de resinas en las variedades que da el mercado actual. Se hizo hincapié en colocar reuniones de anillas dobles para evitar la utilización de los descuelgues como puntos directos de top rope. Así mismo se decidió comenzar inicialmente con la tareas de reequipamiento más urgentes y destinar inicialmente el material a ello.
Los sectores para los que se tiene permiso son : Habitación, Mariano, Cancho, Cernícalos, Alcornoques, Vudu, Buitres, Armónica y Erótico. Estos en la zona de arriba y Bordillos, Arapiles, mosaico, Sol, Panal y Tocho de Mosaico en la zona del Tajo del Búho o Canuto del Arca.
De estos sectores y a la espera del material se convino elaborar un listado de las mayores necesidades de vías completas, seguros concretos o reuniones y emplazar una nueva reunión para decidir cómo repartir el material de forma consensuada entre las personas que vayan a realizar las tareas de reequipamiento de modo altruista y voluntario.
Para informar de las vías a reequipar cualquier escalador puede ponerse en contacto con los Representantes de la FAM en el Parque: Serafín Utrera o Pablo Lozano o dejar en este blog sus propuestas que serán remitidas a ambos Representantes.
Se advirtió de que las tareas de equipamiento y reequipamiento conllevan un compromiso adquirido y una responsabilidad civil ante hechos demostrables y denunciables por mala utilización de materiales o negligencias. Por esta razón y para poder contar con mayor numero de participantes en los trabajos, se convino el convocar un pequeño Curso de Equipamiento para poder hacer participe a cualquier escalador que desee acometer tales labores y a portar su granito de arena con total garantía.
De la llegada del material, así como de todo el proceso se informará mas adelante.
 
Representantes de la Federación Andaluza junto a equipadores representativos de la zona
 
Condiciones Especificas
- El desarrollo de esta actividad tendrá en cuenta las exigencias de la avifauna en cuanto a la temporada de reproducción y
cría y las áreas de nidificación.
- No se podrá producir ruidos que perturben las tranquilidad del espacio o la fauna.
-Se prohíbe hacer inscripciones en las paredes o roca
- La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio podrá limitar el acceso a aquellas vías donde exista presencia de posaderos o nidos de avifauna, debiendo ser desalojadas cuando así sea requerido por los Agentes de Medio Ambiente o del SEPRONA
Condiciones Generales
- La autorización es solo a efectos medioambientales por lo que se eximirá a la empresa de proveerse de todas aquellas autorizaciones o permisos que sean exigibles por otros organismos.
- La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio estará exenta de responsabilidad por accidentes.
- El incumplimiento de cualquier condición expresada dejará sin efecto la misma.
- La autorización deberá hallarse en poder del solicitante y a disposición de los correspondientes servicios de inspección.
- Deberá presentarse una memoria anual de las actividades
- La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio podrá limitar el acceso y las condiciones de manera parcial o total para la práctica delas actividades autorizadas.
(es resumen)

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